Acuerdo Cooperativo
Primer principio: Adhesión abierta y voluntaria
Las cooperativas son organizaciones voluntarias abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas también a aceptar las responsabilidades que conlleva ser Asociado, sin discriminar su género, raza, clase social, posición política y religiosa.
Segundo principio: Control democrático de los socios
Las cooperativas son organizaciones democráticas, controladas por sus socios, quienes participan activamente en la definición de políticas y en la toma de decisiones. La directiva elegida para representar a su cooperativa responde ante sus asociados.
Tercer principio: Participación económica de los socios
Los socios participan de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Usualmente, reciben una compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital suscrito como condición de socio.
Los asociados asignan excedentes para cualquiera de los siguientes propósitos: el desarrollo de la cooperativa mediante la posible creación de reservas, de la cual al menos una parte debe ser indivisible, beneficios para los socios en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades según lo apruebe la membresía.
Cuarto principio: Autonomía e independencia
Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus asociados. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus Socios y mantengan la autonomía de la Cooperativa.
Quinto principio: Educación, entrenamiento e información
Las cooperativas brindan educación y capacitación a sus socios, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de las mismas. Las cooperativas informan al público en general, particularmente a los jóvenes y creadores de opinión, acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.
Sexto principio: Cooperación entre cooperativas
Las cooperativas sirven a sus socios más eficazmente y fortalecen el movimiento Cooperativo, trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
Séptimo principio: Compromiso con la comunidad
La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad, por medio de políticas aceptadas por sus socios.
